Evaluación de riesgos laborales

Los principios generales que se deben de tener presentes aparecen en el artículo 15 de la ley de prevención de riesgos laborales:

  • evitar los riesgos

  • evaluar los riesgos que no se pueden evitar

  • combatir los riesgos en origen

  • adaptar el trabajo a la persona

  • tener en cuente la evolución tecnológica

  • sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro

  • planificar la previsión integrando la técnica la organización, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de factores ambientales

  • anteponer la protección colectiva a la individual

  • dar las debidas instrucciones a los trabajadores

  • tomar en consideración la capacidad profesional antes de encomendar una tarea

  • prever distracciones o imprudencias no temerarias

La prevención inicial deberá revisarse con la periodicidad que señale el acuerdo entre la empresa y los trabajadores teniendo en cuenta el deterioro por el transcurso del tiempo del proceso productivo.

Al mismo tiempo, el empresario deberá conservar a disposición de la autoridad laboral la evaluación de riesgos para la seguridad y la salud en el trabajo.

El empresario adoptara las medidas adecuadas para que los trabajadores reciban información en relación con los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores, tanto aquellos que afecten a la empresa en su conjunto como a cada tipo de puesto de trabajo o función. Esta información se pasara a los trabajadores a través de los representantes de los trabajadores, no obstante deberá informarse a cada trabajador de los riesgos específicos del puesto de trabajo que ocupa así como las medidas de protección y prevención que le son aplicables a dichos riesgos.